LOS IMPACTOS SOCIALES Y ECONÓMICOS DEL DECRETO 15-2020

Para dar a conocer los efectos sociales y económicos de la entrada en vigencia del Decreto 15-2020, AmCham Guatemala, presentó un evento virtual en el cual 4 expertos abordaron el tema desde diferentes perspectivas dando conocer el posible panorama que enfrentaría el país.

La conferencia contó con la participación de los economistas Fernando Spross, Investigador Asociado de FUNDESA y Paulo de LeónDirector de Inteligencia y Económica y Financiera (CABI).  José González-Campo, Director de la Asociación de Generadores con Energía Renovable (AGER) quién abordó el tema energético desde una visión de generadores ambientalmente responsables, Julio Enrique Montano, Diputado del Congreso de la República de Guatemala por el Partido Unionista, Juan Pablo Carrasco, Presidente de AmCham Guatemala y la Asociación de Cámaras de Comercio Binacionales (ASCABI), moderó el evento.

A partir de la publicación del Decreto 15-2020 el pasado 21 de mayo del presente año, las empresas generadoras y suplidoras de energía eléctrica han manifestado su preocupación por la continuidad de sus operaciones y la prestación del servicio a toda la comunidad. Solo el día de hoy, DEORSA y DEOCSA enviaron una notificación de Fuerza Mayor a los generadores, observando así la necesidad de poder tomar decisiones que retornen a la buena voluntad delas empresas a suplir este bien básico, sin afectar sus operaciones. how to recover deleted files from iphone internal memory

“La entrada de vigencia del Decreto 15-2020 del Congreso de la República pone en riesgo la continuidad del servicio de energía eléctrica en el país, además de que dejaría en una delicada situación a las empresas prestadoras del suministro, así como al resto de agentes del subsector eléctrico, ocasionándose así un grave daño a la economía nacional”, comentó Juan Pablo Carrasco, presidente de AmCham Guatemala.

El Decreto presenta una vulneración a los derechos constitucionales en la libertad de contratación, propiedad privada, libertad de industria y comercio, al privar a las empresas de forma total del beneficio económico que esperan de su inversión. De esta forma dicho Decreto podría llevar a las empresas prestadoras de servicios básicos la insolvencia y posiblemente la quiebra, limitando a los usuarios al acceso del servicio.

“El planteamiento en cuanto a materia energética debería de contemplar beneficiar a usuarios que consuman menos de 300w/h por un periodo de 3 meses, de esta forma se garantizaría el servicio sin vulnerar la libertad de industria y comercio. Es importante recalcar que el decreto no delimita que usuarios se verán beneficiados, carece de temporalidad y no especifica los mecanismos que permitirán costear el subsidio” FinalizóCarrasco.

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